Régimen gratuito de cuentas de pago básicas


El Alcalde Amadeo Cancela informa mediante bando de que por Real Decreto se establece un régimen gratuito de cuentas de pago básicas gratuitas para personas en situación de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión financiera.

El objeto de este Real Decreto es establecer un régimen de condiciones de las cuentas de pago básicas más ventajoso en materia de comisiones en función de la especial situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera de los titulares de las dichas cuantas, consistente en la gratuidad de determinados servicios, sobre cuentas de pago básicas, procedimiento de traslado de cuentas de pago y requisitos de los sitios web de comparación.

Las cuentas de pago básicas permiten realizar servicios bancarios como tener domiciliada la nómina, disponer de una tarjeta de débito, realizar retiradas de efectivo en cajeros y transferencias dentro de la Unión Europea. El coste máximo de esta cuenta no podrá ser mayor de tres euros al mes, en línea con el de otros países de europeos, y cubre todos los servicios, con un límite para transferencias y domiciliaciones de 120 operaciones anuales. La entidad de crédito incluirá información relativa a las condiciones para obtener el reconocimiento de la gratuidad de la cuenta de pago básica por parte de las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera.

Se entenderá que un cliente se encuentra en situación de especial vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera cuando:

la) Los ingresos económicos brutos, computados anualmente y por unidad familiar, no superen los siguientes umbrales:

1. Dos veces el IPREM de doce pagadas, vigente en el momento de efectuar la solicitud cuando se trate de personas no integradas en ninguna unidad familiar.
2. Dos veces y promedio el IPREM cuando se trate de personas integradas en alguna de las modalidades de unidad familiar con menos de cuatro miembros.
3. El triple del IPREM cuando se trate de unidades familiares integradas por cuatro o más miembros o que tengan reconocida su condición de familia numerosa.
4. El triple del IPREM cuando se trate de unidades familiares con una persona con reconocimiento de grado de discapacidad igual o superior al 33 %.

b) No concurra titularidad, directa o indirecta, o derecho real alguno sobre bienes inmuebles, excluida a v,venta habitual, ni titularidad real de sociedades mercantiles, por parte de ninguno de los miembros que integren la unidad familiar.

La tramitación de este régimen gratuito de cuentas de pago básicas gratuitas para personas en situación de vulnerabilidad o con riesgo de exclusión financiera deberá realizarse en las entidades financieras.