Convocadas las ayudas económicas dirigidas a las hijas e hijos de las víctimas por violencia de género


La Secretaría General de Igualdad convoca ayudas económicas dirigidas a las hijas e hijos menores de 30 años de las víctimas mortales por violencia de género, así como la concesión de ayudas de indemnización económica dirigidas a mujeres que resultaran gravemente heridas como consecuencia de una agresión por violencia de género.

Objeto:
Dar cumplimiento a varias de las medidas del pacto de Estado en materia de violencia de género, y proporcionar apoyo económico a las personas citadas en el siguiente apartado, con una indemnización de ayuda directa, con el objeto de garantizar que el hecho causante (muerte de la madre o lesiones graves, a causa de violencia de género) suponga un menor perjuicio económico para los hijos e hijas huérfanos, y para las propias víctimas gravemente heridas.

Tipos de ayudas:
1. Ayudas de indemnización económica dirigidas a las hijas e hijos menores de 30 años de las víctimas mortales por violencia de género y que dependan económicamente de su madre y/o de su padre agresor.
2. Ayudas de indemnización dirigidas a las mujeres que resultaran gravemente heridas, con lesiones que requirieran hospitalización, como consecuencia de una agresión por violencia de género.

Requisitos de las personas beneficiarias:
Hijos e hijas: En el caso de menores de edad no hay límite de ingresos. En el caso de mayores de edad hasta 30 años inclusive, deben depender económicamente de la madre y/o del padre agresor. Se entenderá así cuando en la fecha del fallecimiento las personas beneficiarias convivieran con la madre y no percibieran rentas, de cualquier naturaleza, que en cómputo anual, superaran 12 mensualidades del IPREM vigente.

Las mujeres heridas gravemente, con lesiones que requieran hospitalización, como consecuencia de una agresión de violencia de género, siempre que en la fecha en que se produjeran los hechos se cumplieran los siguientes requisitos: Ser mujer, mayor de edad o emancipada, y encontrarse en una situación de
precariedad económica. Se entenderá así cuando los ingresos de la unidad familiar de convivencia a la
que pertenezca la beneficiaria divididos por el número de miembros que la componen no superen el
importe del IPREM vigente.

Plazo de presentación:
Hasta el 30 de noviembre de 2019.

Más información en los Servicios Sociales Comunitarios. Los datos de contacto son:

Bajo de la Casa del Ayuntamiento.

Lunes, martes, jueves y viernes: de 9.00 h a 14.00 horas.

servizos.sociais@tordoia.gal

981 690001 Persona de Contacto: Mónica Rodríguez Palacio.

Puede ver el lado de la Alcaldía completo el siguiente enlace:

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